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Ley Vigente

Disposición adicional primera. Soporte duradero.

Disposición adicional primera de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. · BOE-A-1980-22501

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-11-06.

Texto consolidado

Siempre que esta ley exija que el contrato de seguro o cualquier otra información relacionada con el mismo conste por escrito, este requisito se entenderá cumplido si el contrato o la información se contienen en papel u otro soporte duradero que permita guardar, recuperar fácilmente y reproducir sin cambios el contrato o la información.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-11-06.

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