Disposición adicional primera. Aplicación de la ley al personal eventual.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2024, de 19 de julio, de Integridad Pública de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2025-4169
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-30.
Texto consolidado
Al personal eventual del artículo 12 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, que preste sus servicios en la Administración regional, sus organismos autónomos, entidades públicas dependientes o cualesquiera otros entes u órganos del sector público de aquélla les será de aplicación el régimen de dedicación exclusiva y de incompatibilidades descritos en el artículo 3 y la obligación de presentar la declaración de actividades, bienes y rentas en los términos regulados en el artículo 5, de la presente ley, cuyo incumplimiento será sancionado conforme a los dispuesto en el título III de esta ley.