Disposición adicional primera. Catálogo de paisajes relevantes.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, del Paisaje. · BOE-A-2015-682
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-29.
Texto consolidado
1. El Gobierno de Cantabria elaborará un Catálogo de Paisajes Relevantes, entre los que se incluirán, necesariamente, los paisajes reconocidos por su normativa sectorial, concretamente los paisajes protegidos reconocidos en la Ley de Cantabria 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Cantabria y los Paisajes Culturales reconocidos en la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.
2. El catálogo de paisajes relevantes será tenido en cuenta en el diseño de las distintas políticas e instrumentos de planificación con incidencia paisajística, así como en la redacción de los proyectos que puedan incidir en los mismos.
3. El catálogo de paisajes relevantes se ajustará al mismo procedimiento para su aprobación que los Estudios de Paisaje.