Disposición adicional primera. Marca Territorio Castilla y León.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de publicidad institucional de Castilla y León. · BOE-A-2009-9629
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-05-30.
Texto consolidado
1. Una vez definida la Marca Territorio Castilla y León, las acciones para su difusión y publicidad se ajustarán a lo previsto en esta ley.
2. Las acciones de publicidad institucional deberán reflejar la Marca Territorio Castilla y León a partir del momento en que esté definida y en los supuestos y la forma que se determinen en sus normas de aplicación.