Disposición adicional primera. Aprobación del primer plan director.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2009, de 24 de abril, Canaria de Cooperación Internacional para el Desarrollo. · BOE-A-2009-9045
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-05-06.
Texto consolidado
El Gobierno de Canarias, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de esta ley, aprobará el plan director, así como las disposiciones reglamentarias por las que se regulen la estructura y régimen de funcionamiento del Registro de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo.