Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 4/1996, de 22 de mayo, relativa al Instituto Aragonés de Servicios Sociales. · BOE-A-1996-13286
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-28.
Texto consolidado
El Instituto Aragonés de Servicios Sociales se subroga en todos los derechos y obligaciones contraídos por la Diputación General de Aragón en relación con los medios que se le transfieran.