Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 4/1995, de 6 de abril, de incompatibilidades, actividades y bienes de los altos cargos del Principado de Asturias. · BOE-A-1995-15187
Atención: Ley 4/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Quienes ocupen en la actualidad alguno de los cargos a que hace referencia esta Ley, presentarán, en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la misma, las declaraciones señaladas en el artículo 8.