Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1989-12125
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-05-05.
Texto consolidado
El cese no voluntario en el desempeño de un puesto de trabajo obtenido mediante concurso de méritos exigirá la sustanciación del correspondiente expediente de revocación del nombramiento con alegación de la causa o causas, que, en su caso, la motiven, con audiencia del interesado.