Disposición adicional primera. Cláusula de condición suspensiva.
Disposición adicional primera de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias. · BOE-A-2022-22684
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-29.
Texto consolidado
La aplicación de las modificaciones previstas en los apartados 1 y 2 del artículo 36 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, efectuadas mediante esta ley, quedan condicionadas a su compatibilidad con el derecho de la Unión Europea en materia de ayudas de Estado.
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