Disposición adicional primera. Régimen de Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza.
Disposición adicional primera de la Ley 3/2018, de 8 de mayo, Andaluza de Fomento del Emprendimiento. · BOE-A-2018-6938
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-15.
Texto consolidado
1. Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, modificará, en su caso, sus estatutos para el desarrollo de los servicios en el marco de los fines y objetivos previstos en la presente ley, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación, y con la participación de las organizaciones sindicales más representativas.
2. La financiación de las actividades de la entidad instrumental Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, para el desarrollo de los servicios y actuaciones que tiene atribuidos, de conformidad con lo previsto en la presente ley, se realizará a través de trasferencias de financiación, de explotación y de capital, y de transferencias de asignación nominativa.