Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 3/2008, de 16 de junio, reguladora de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales». · BOE-A-2008-11793
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-06-17.
Texto consolidado
El Consejo Asesor a que hace referencia el artículo 11 de esta Ley se constituirá en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.
Los miembros elegidos o designados con posterioridad a la constitución se incorporarán al Consejo Asesor una vez que la elección o designación se haya efectuado.