Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2001-14243
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-26.
Texto consolidado
En todo lo no previsto en esta Ley será de aplicación lo establecido en la legislación del Estado con carácter supletorio.