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Ley Vigente

Disposición adicional primera. Comunicación a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y Banco de España.

Disposición adicional primera de la Ley 26/2003, de 17 de julio, por la que se modifican la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, y el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, con el fin de reforzar la transparencia de las sociedades anónimas cotizadas. · BOE-A-2003-14405

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-07-19.

Texto consolidado

La comunicación a la que se refiere el artículo 112.2 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se efectuará también a los organismos supervisores competentes cuando la sociedad anónima cotizada sea entidad aseguradora, entidad gestora de fondos de pensiones o entidad de crédito.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-07-19.

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