Disposición adicional primera. Medicamentos veterinarios.
Disposición adicional primera de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía. · BOE-A-2008-3179
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-29.
Texto consolidado
La dispensación y distribución de los medicamentos veterinarios se realizará exclusivamente en los establecimientos determinados por el artículo 38 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, en las condiciones en que reglamentariamente se determine.