Disposición adicional primera. Firma mediante claves previamente concertadas en el ámbito del Portal de Subastas dependiente de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Disposición adicional primera de la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil. · BOE-A-2015-7851
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-15.
Texto consolidado
Sin perjuicio del cumplimiento de los estándares de seguridad, el sistema del Portal de Subastas Electrónicas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado admitirá la utilización, por parte de los usuarios del mismo, de sistemas de claves previamente concertadas en sus relaciones con el Portal de Subastas y para la realización de pujas. En todo caso, los usuarios deberán haber sido identificados con carácter previo, personalmente o mediante certificado reconocido de firma.
Más artículos de Ley 19/2015
- ← Artículo segundo. Modificación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
- → Disposición adicional segunda. Protección de datos de carácter personal en la subasta electrónica.
- Ver la norma completa: Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.