Disposición adicional primera. Compromisos presupuestarios.
Disposición adicional primera de la Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de cooperación y desarrollo sostenible. · BOE-A-2018-99
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-16.
Texto consolidado
Destinar un 0,7 % de su presupuesto total consolidado de cada ejercicio a políticas vinculadas a cooperación internacional para el desarrollo, en el marco de los principios y objetivos establecidos en esta ley y de acuerdo con lo que establece el apartado 3 del artículo 1.
Este compromiso se supeditará a las disponibilidades reales de hacienda de la Generalitat, al cumplimiento de los compromisos adquiridos en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y a los escenarios presupuestarios plurianuales.