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Ley Derogada

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera de la Ley 18/1999, de 29 de abril, reguladora de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-17591

Atención: Ley 18/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Dado el carácter reservado que debe presidir las deliberaciones de los distintos órganos referidos en la presente Ley, cuando se aborden casos individualizados de menores en riesgo social o desamparo, los asuntos tratados en las mismas serán confidenciales y en cualquier caso, los presentes en dichas deliberaciones, estarán afectados por lo regulado legalmente sobre el secreto profesional, así como por las normas sustantivas de protección del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-05-20.

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