Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 16/2000, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Función Pública. · BOE-A-2001-2481
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-01.
Texto consolidado
Con anterioridad al día 14 de abril de 2001, el Gobierno de las illes Balears adoptará las disposiciones necesarias para adecuar las normas reguladoras de los procedimientos administrativos al sentido del silencio que exige la legislación de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.