Disposición adicional primera. Transporte fluvial.
Disposición adicional primera de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías. · BOE-A-2009-18004
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-02-12.
Texto consolidado
Mientras no se regule por ley especial el contrato de transporte fluvial de mercancías, éste quedará sometido a la presente ley.