Disposición adicional primera. Cajas de Ahorros fundadas por la Iglesia Católica.
Disposición adicional primera de la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía. · BOE-A-2000-1011
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-24.
Texto consolidado
(Derogada).
Se deroga por la disposición derogatoria única.2a) del Decreto-ley 2/2009, de 20 de octubre. Ref. BOJA-b-2009-90031
Se declara el desistimiento en el recurso de inconstitucionalidad núm. 453/2000. Ref. BOE-A-2000-3758 por auto del TC de 2 de febrero de 2005. Ref. BOE-A-2005-2909
Se mantiene la suspensión de la vigencia y aplicación de los apartados 2 y 3 por auto del TC de 13 de julio de 2000. Ref. BOE-A-2000-14138.
Se suspende la vigencia y aplicación de los apartados 2 y 3 desde el 26 de enero de 2000 para las partes en el proceso y desde el 25 de febrero de 2000 para los terceros, por providencia del TC de 1 de febrero de 2000 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 453/2000. Ref. BOE-A-2000-3758
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2009-90031.