Disposición adicional primera. Planificación.
Disposición adicional primera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. · BOE-A-2003-10463
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-08-24.
Texto consolidado
Las Administraciones públicas podrán aprobar planes sectoriales de obras u otros tipos de planes establecidos legalmente que incluyan las obras a realizar, que serán preceptivos cuando así lo exija la legislación general o la específica reguladora de cada clase de obras. En este supuesto, los planes podrán incluir las obras susceptibles de ser objeto del contrato de concesión.
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