El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición adicional primera

Disposición adicional primera de la Ley 13/1992, de 1 de junio, de Recursos propios y supervisión en base consolidada de las Entidades Financieras. · BOE-A-1992-12545

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-01-01.

Texto consolidado

Se añade una disposición adicional tercera a la Ley 8/1987, de 8 de junio, de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, con el texto siguiente:

«Disposición adicional tercera. Sin perjuicio de lo establecido en el título III del libro I del Código de Comercio, se faculta al Ministro de Economía y Hacienda para, a propuesta de la Dirección General de Seguros, previo informe del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, establecer y modificar las normas de contabilidad, criterios de valoración y los modelos de las cuentas anuales de las entidades gestoras y de los fondos de pensiones, disponiendo la frecuencia y el detalle de información que dichas entidades habrán de facilitar a la Administración.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-01-01.

Más artículos de Ley 13/1992

En El Vínculo puedes leer Ley 13/1992 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.