Disposición adicional primera. Mandamiento no normativo.
Disposición adicional primera de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres. · BOE-A-2016-7994
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-05.
Texto consolidado
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, los organismos y las entidades que integran el sector público instrumental de la comunidad autónoma deberán tener elaborados los planes de igualdad a los que se refiere el artículo 44 de esta ley.