Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 11/1986, de 11 de diciembre, de creación y regulación del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia. · BOE-A-1987-776
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-01-08.
Texto consolidado
El ICHH se constituirá en el plazo máximo de dos meses contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley, mediante la designación de su Presidente y de los vocales electivos de su Consejo.