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Ley Vigente

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1986-23734

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-04-24.

Texto consolidado

Son funcionarios propios de la Administración de la Comunidad de Madrid:

a) Los funcionarios de la integrada Diputación Provincial, en virtud de lo previsto en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

b) Los funcionarios procedentes de la Administración del Estado incursos en traspasos de servicios operados por Reales Decretos de transferencias y aquellos funcionarios que, procedentes de la Administración del Estado o de las Corporaciones Locales de Madrid, se hubieran incorporado en virtud de las ofertas públicas de empleo o concursos permanentes de traslado resueltos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-04-24.

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