Disposición adicional primera. Colaboración interadministrativa.
Disposición adicional primera del Decreto-ley 2/2021, de 29 de enero, del Consell, de medidas extraordinarias dirigidas a trabajadores y trabajadoras, empresas y trabajadores y trabajadoras autónomas, para paliar los efectos de la crisis derivada de la pandemia por la Covid-19. · DOGV-r-2021-90036
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-29.
Texto consolidado
A fin de dotar de los instrumentos necesarios para la gestión urgente de las ayudas derivadas del desarrollo de este decreto ley, y con criterios de simplificación administrativa, las personas responsables de la gestión de las correspondientes ayudas solicitarán al Servicio público de empleo estatal (SEPE), a la Tesorería General de la Seguridad Social y a otras administraciones públicas que consideren necesario, los datos imprescindibles para su correcta tramitación, de acuerdo a los principios de colaboración interadministrativa y eficiencia en la gestión.
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