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Real Decreto Derogada

Disposición adicional octava. Representantes de la Administración General del Estado en las Comisiones Mixtas de Asuntos Económicos y Fiscales previstas en los Estatutos de Autonomía.

Disposición adicional octava del Real Decreto 769/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2017-9012

Atención: Real Decreto 769/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat de Cataluña, la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía, la Comisión Mixta de Economía y Hacienda Estado-Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la Comisión Mixta de Asuntos Económicos-Financieros Estado-Comunidad Autónoma de Aragón y la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura.

Con motivo de la reestructuración de los Departamentos ministeriales y del desarrollo de la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública, los representantes de la Administración General del Estado en dichas Comisiones serán los titulares de los siguientes órganos:

Será Presidente de la representación de la Administración General del Estado en la Comisión: el titular de la Secretaría de Estado de Hacienda.

Serán Vocales, los titulares de los siguientes órganos:

Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales.

Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.

Secretaría General de Financiación Autonómica y Local.

Dirección de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales.

La Secretaría de la Comisión corresponderá al titular de la Subdirección General de Relaciones Financieras con las Comunidades Autónomas, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-07-29.

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