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Real Decreto Derogada

Disposición adicional octava. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.

Disposición adicional octava del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2020-4814

Atención: Real Decreto 500/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En los casos de vacante, ausencia o enfermedad del titular de la Subsecretaría, Secretaría General y de las Direcciones Generales del Departamento, y en defecto de designación de suplente conforme a lo previsto en el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, corresponderá la suplencia a los órganos directivos dependientes del mismo por el orden en que aparecen citados en la respectiva estructura establecida en el presente real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-05-06.

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