Disposición adicional octava. Desconcentración de competencias.
Disposición adicional octava del Real Decreto 1113/2018, de 7 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda. · BOE-A-2018-12265
Atención: Real Decreto 1113/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
De acuerdo con el artículo 325.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, se desconcentran en la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación las competencias de la Junta de Contratación Centralizada salvo las relativas a los actos de adjudicación de los acuerdos marco, los sistemas dinámicos de la contratación y los contratos que no se basen en un acuerdo marco y no se hayan tramitado mediante procedimientos negociados sin publicación previa de un anuncio de licitación que se basen en las causas establecidas en el artículo 168.a).2.º de la citada Ley.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 1113/2018, de 7 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.