Disposición adicional octava. Incorporación a la universidad de profesorado de otros niveles educativos.
Disposición adicional octava de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón. · BOE-A-2005-14406
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-25.
Texto consolidado
Tal y como indica la disposición adicional vigesimoséptima de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Gobierno de Aragón fomentará convenios con la Universidad de Zaragoza a fin de facilitar la incorporación del profesorado funcionario de otros niveles a los Departamentos universitarios.