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Ley Vigente

Disposición adicional octava. Viviendas oficiales.

Disposición adicional octava de la Ley 3/2006, de 18 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2006-14082

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-04-28.

Texto consolidado

Los inmuebles del Patrimonio de la Comunidad Autónoma utilizados como vivienda oficial tendrán la consideración de bienes demaniales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-04-28.

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