Disposición adicional octava. Campañas de divulgación y de sensibilización ciudadana.
Disposición adicional octava de la Ley 11/2019, de 3 de abril, de acceso al entorno de las personas usuarias de perro de asistencia en la Comunidad de Castilla y León · BOE-A-2019-6613
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-10-08.
Texto consolidado
La Junta de Castilla y León promoverá, en colaboración con los agentes implicados en el desarrollo de esta ley, campañas informativas, divulgativas y educativas relacionadas con los beneficios, derechos y obligaciones en la utilización de perros de asistencia, dirigidas a la población en general y en especial en los centros de enseñanza de todos los niveles, con tal de sensibilizar a los alumnos y educarlos en todo lo referente a las personas con discapacidad, usuarias de perros de asistencia, para conseguir su integración real y efectiva, así como a sectores como la hostelería, comercio, transporte y servicios públicos.
Más artículos de Ley 11/2019
- ← Disposición adicional séptima. Celebración de acuerdos y convenios.
- → Disposición transitoria. Reconocimiento de otros perros de asistencia existentes a la entrada en vigor de la ley.
- Ver la norma completa: Ley 11/2019, de 3 de abril, de acceso al entorno de las personas usuarias de perro de asistencia en la Comunidad de Castilla y León