Disposición adicional novena. Habilitación a la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres.
Disposición adicional novena del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. · BOE-A-2024-23422
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-13.
Texto consolidado
Se habilita a la persona titular de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres para dictar resolución modificativa de la resolución de concesión de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias dictada en aplicación de lo previsto en el Real Decreto 715/2024, de 23 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la prestación del Servicio de teleasistencia móvil a víctimas de violencia contra las mujeres (servicio ATENPRO), a los efectos de adaptarla a lo previsto en el presente real decreto-ley.
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