El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Disposición adicional novena. Refacturaciones a realizar hasta el 31 de diciembre de 2012.

Disposición adicional novena de la Orden IET/843/2012, de 25 de abril, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de abril de 2012 y determinadas tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial. · BOE-A-2012-5527

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-04-27.

Texto consolidado

1. Adicionalmente a los conceptos que correspondan al periodo normal de facturación, las facturas emitidas por los comercializadores hasta el 31 de diciembre 2012, recogerán, atendiendo a lo establecido en el artículo 4 de la presente orden, de forma separada los conceptos correspondientes a cada periodo para el que corresponda realizar la refacturación.

En concreto, se especificará:

– El periodo al que corresponde la refacturación,

– el consumo de dicho periodo,

– la cuantía correspondiente a la refacturación complementaria que se imputa en cada una de las facturas.

2. Asimismo, las facturas irán acompañadas de una carta, de acuerdo a los modelos establecidos en los anexos IV y V de la presente orden, según corresponda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-04-27.

Más artículos de Orden IET/843/2012

En El Vínculo puedes leer Orden IET/843/2012 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.