Disposición adicional novena.
Disposición adicional novena de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. · BOE-A-1993-2875
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-19.
Texto consolidado
La cuantía a percibir por el complemento de productividad fija del personal facultativo se fija en cuatrocientos euros mensuales que se distribuirán en catorce pagas, siendo doce de ellas ordinarias y dos extraordinarias.
Estas cantidades se actualizarán anualmente en el porcentaje que se determine en la correspondiente Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra.