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Ley Vigente

Disposición adicional novena. Modificación de la Ley de Cantabria 5/1987, de 27 de marzo, de Elecciones al Parlamento de Cantabria.

Disposición adicional novena de la Ley 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2012-7709

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-02.

Texto consolidado

Se modifica el artículo 17.1 de la Ley de Cantabria 5/1987, de 27 de marzo, de elecciones al Parlamento de Cantabria, quedando redactado de la siguiente manera:

«1. El Parlamento de Cantabria está integrado por treinta y cinco diputados elegidos en una circunscripción electoral que comprenderá todo el territorio de Cantabria.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-06-02.

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