Disposición adicional novena. Ampliación del plazo para la resolución de las ayudas del IRPF.
Disposición adicional novena del Decreto-ley 1/2022, de 22 de abril, del Consell, de medidas urgentes en respuesta a la emergencia energética y económica originada en la Comunitat Valenciana por la guerra en Ucrania. · DOGV-r-2022-90121
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-23.
Texto consolidado
Para la convocatoria de ayudas a programas de interés general con cargo al 0,7 % del IRPF, línea presupuestaria S51770000, y para programas de interés general (inversiones) con cargo al 0,7 % del IRPF, línea presupuestaria S5185000, las dos de la aplicación presupuestaria 16.03.02.313.50, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución de estas ayudas se amplía a 9 meses a contar desde el día siguiente en la publicación de la resolución de la convocatoria de ayudas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Así mismo, la citada convocatoria se resolverá y contabilizará antes de finalizar el ejercicio económico en la cual haya sido convocada.
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