Disposición adicional nonagésima séptima. Pago de deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones sin ánimo de lucro.
Disposición adicional nonagésima séptima de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015. · BOE-A-2014-13612
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
Las instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, acogidas a la moratoria prevista en la disposición adicional trigésima de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995, podrán solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social la ampliación de la carencia concedida a veintiún años, junto con la ampliación de la moratoria concedida hasta un máximo de diez años con amortizaciones anuales.
Más artículos de Ley 36/2014
- ← Disposición adicional nonagésima sexta. Autorización para la provisión de plazas docentes vacantes en las Universidad…
- → Disposición transitoria primera. Indemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal.
- Ver la norma completa: Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.