Disposición adicional nonagésima cuarta. Remanentes generados de la cuota de formación profesional.
Disposición adicional nonagésima cuarta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. · BOE-A-2022-22128
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
Los remanentes de crédito obrantes en los presupuestos del Ministerio de Educación y Formación Profesional provenientes del 47 % de los fondos por la cuota de formación y destinados al Sistema de Formación Profesional cuya gestión le corresponda para acciones de formación de trabajadores que pudieran producirse al final del ejercicio económico podrán incorporarse a los créditos correspondientes del ejercicio siguiente, conforme a lo que se disponga en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio.
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