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Ley Foral Vigente

Disposición adicional.

Disposición adicional de la Ley Foral 12/1991, de 16 marzo reguladora del proceso electoral en los Concejos de Navarra. · BOE-A-1991-23616

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-03-21.

Texto consolidado

Los Concejos que, aun teniendo una población de derecho inferior a 16 habitantes, no hubiesen quedado extinguidos, por no concurrir las condiciones para decretar la extinción conforme a lo establecido en la regla primera de la disposición adicional primera de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, se regirán en régimen de Concejo abierto mientras conserven el carácter de Entidad local concejil.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-03-21.

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