Disposición adicional. Medidas destinadas a los diversos niveles educativos.
Disposición adicional de la Ley 8/2005, de 8 de junio, de Protección, Gestión y Ordenación del Paisaje. · BOE-A-2005-11753
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-16.
Texto consolidado
El Gobierno, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 15.2, debe aprobar en el plazo de un año las medidas para fomentar los valores de respeto, protección y cuidado del paisaje destinadas a los diversos niveles educativos.