DISPOSICIÓN ADICIONAL
DISPOSICIÓN ADICIONAL de la Ley 20/1977, de 1 de abril, de creación del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Navales. · BOE-A-1977-8603
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1977-04-04.
Texto consolidado
En el plazo de seis meses la Asociación de Peritos o Ingenieros Técnicos Navales elevará al Gobierno para su aprobación, si procede, los Estatutos del Colegio.
La vigencia de los referidos Estatutos quedará sin efecto una vez que los Organos propios de la Corporación elaboren y sometan al Gobierno, conforme a la Ley de trece de febrero de mil novecientos setenta y cuatro, los Estatutos Generales definitivos.