Disposición adicional.
Disposición adicional de la Ley 1/2002, de 11 de marzo, del Consorcio de Transportes de Asturias. · BOE-A-2002-7771
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-24.
Texto consolidado
El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, a propuesta del Consejo de Administración del Consorcio, podrá modificar la composición de los diversos órganos del ente, al objeto de incorporar al mismo su representación, en el momento de que la Administración General del Estado se integre en el Consorcio.