Disposición adicional duodécima. Tributación de los socios de agrupaciones de interés económico o uniones temporales de empresas sometidas a otra normativa.
Disposición adicional duodécima de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades. · BOE-A-2017-2356
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-01.
Texto consolidado
A los contribuyentes de este Impuesto, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes sometidos a normativa de la Comunidad Foral de Navarra que sean socios de agrupaciones de interés económico o uniones temporales de empresas no sometidas a normativa foral navarra, les resultará de aplicación, en todo caso, lo dispuesto en el último párrafo del artículo 87.1.b).
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