Disposición adicional duodécima. Régimen aplicable a los minusválidos incapacitados judicialmente.
Disposición adicional duodécima de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. · BOE-A-1999-24786
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-01-01.
Texto consolidado
Las disposiciones específicas previstas en la normativa tributaria en favor de las personas discapacitadas con grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100, serán de aplicación a los minusválidos cuya incapacidad se declare judicialmente, aunque no alcance dicho grado.
Más artículos de Ley 55/1999
- ← Disposición adicional undécima. Residencia habitual en territorio español.
- → Disposición adicional decimotercera. Modificación del régimen aplicable a las entidades miembros de la Mancomunidad d…
- Ver la norma completa: Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.