Disposición adicional decimotercera. Cómputo de los servicios prestados en régimen laboral.
Disposición adicional decimotercera de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud. · BOE-A-2001-21784
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-11-23.
Texto consolidado
Los servicios prestados con contrato laboral, con carácter fijo o temporal, en las categorías de personal reguladas en el Estatuto Jurídico de Personal Médico, de Personal Sanitario No Facultativo y Personal No Sanitario al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, tendrán a los efectos de esta Ley la consideración de efectuados como personal estatutario fijo o temporal, en la respectiva categoría.
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