Disposición adicional decimosexta. Representación de las personas deportistas en situaciones concursales por asociaciones y sindicatos.
Disposición adicional decimosexta de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte. · BOE-A-2022-24430
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
Las asociaciones y sindicatos de deportistas con legitimación para negociar convenios colectivos en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimoséptima de esta ley, podrán representar a las personas deportistas en los procedimientos contemplados en los artículos 171 y 189 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, cuando el concurso afecte a una entidad que tenga contratadas personas deportistas profesionales.
Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 64, de 16 de marzo de 2023. Ref. BOE-A-2023-6887