Disposición adicional decimoséptima. Registro de las ayudas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Disposición adicional decimoséptima del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. · BOE-A-2024-24840
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-30.
Texto consolidado
Los órganos competentes deberán registrar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones las ayudas concedidas al amparo de este real decreto-ley, según lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
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