Disposición adicional decimoséptima. Escolarización.
Disposición adicional decimoséptima de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. · BOE-A-2004-21760
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-01-28.
Texto consolidado
Las Administraciones educativas adoptarán las medidas necesarias para garantizar la escolarización inmediata de los hijos en el supuesto de cambio de residencia motivados por violencia sobre la mujer.
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