Disposición adicional decimoquinta.
Disposición adicional decimoquinta de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional. · BOE-A-2001-13042
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-21.
Texto consolidado
Se llevarán a cabo con carácter de urgencia, y de acuerdo con criterios de viabilidad, las obras previstas en el Anexo al Plan Hidrológico Nacional que aún no hayan sido ejecutadas y que permitan a Castilla-La Mancha utilizar la infraestructura del trasvase Tajo-Segura, así como los recursos correspondientes que tenga asignados y reservados.
Se añade, para dar cumplimiento a la Sentencia TC 13/2015, de 5 de febrero, por la disposición final 2.2 de la Ley 21/2015, de 20 de julio. Ref. BOE-A-2015-8146#dfsegunda.
Se declara la inconstitucionalidad y nulidad, diferida por el plazo de un año, en la redacción dada por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, según establece el Fundamento Jurídico 5, por Sentencia TC 13/2015, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2015-2259.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes..